CASO PRÁCTICO PARA EL JUEVES DÍA 19 A LAS 12,30 H.
Juan Fraude es contribuyente por el IRPF y para calcular el impuesto a pagar en el año 2009 (correspondiente el período impositivo de 2008), su asesor fiscal le comunica que una vez realizado los trámites previos y, sin tener en cuenta en el presente caso las cantidades correspondientes al Mínimo Personal y Familiar, los datos son los siguientes:
Base Imponible General = 47.500 euros.
Base Liquidable General = calcularla teniendo en cuanta que la ley establece una serie de reducciones en la BIG , entre otras, las cantidades que a lo largo del período impositivo el contribuyente aporte a una Plan de Pensiones siempre que se respeten determinados límites. En este caso no se supera el límite legal y el contribuyente ha aportado 3.500 euros al Plan de Pensiones.
Se pide calcular la cuota íntegra, la cuota líquida (teniendo en cuanta que hay una deducción de 300 euros en la cuota íntegra autonómica) y la cuota diferencial (teniendo en cuenta que al sujeto se le han retenido a lo largo del período impositivo la cantidad de 8.300 euros).
Es preciso que vean los artículos 63 y 74 de la Ley del IRPF (fotocopiar las escalas de gravamen que aparecen en cada uno de dichos artículos y traerlos a clase)
Venir provistos de calculadora.
Buscar los citados artículos en Internet (página del Ministerio de Economía y Hacienda) Ha de ser la ley 35/2006, de 28 de noviembre con las últimas modificaciones que se hayan introducido.
miércoles, 18 de febrero de 2009
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)

No hay comentarios:
Publicar un comentario